PIRANI, MARIA ELENA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora obtuvo un beneficio previsional que luego reclamó el reajuste por movilidad. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia y ordenó recalcular el haber inicial de la actora conforme a la jurisprudencia sobre aportes autónomos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Elena Pirani, es titular de un beneficio previsional obtenido el 10/10/2007 bajo la Ley 24.241. Reclamó administrativamente el reajuste de su haber, lo que fue desestimado por la ANSES. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó considerar los lineamientos del fallo "Volonté" para la actualización de los aportes efectuados como autónomo. Confirmó la aplicación del índice ISBIC, según el precedente "Elliff" de la CSJN, para actualizar las remuneraciones en relación de dependencia. Difirió el análisis sobre la actualización de la PBU a la etapa de liquidación, aplicando el índice "Badaro" hasta 2006 y luego los aumentos por leyes de movilidad. En cuanto a las costas, las impuso en el orden causado, regulando los honorarios de la actora en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
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