AGUERO, ELINDA BLANCA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Demandante obtiene fallo favorable pero se disputa método de actualización del haber previsional. Cámara confirma sentencia apelada con precisiones sobre el cálculo.
Reajuste del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSES el recálculo y reajuste del haber previsional de la actora. Sin embargo, precisa que la actualización de las remuneraciones deberá hacerse aplicando el índice ISBIC hasta febrero de 2009 y luego las pautas de la ley 26.417.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señala que la cuestión de la aplicación del RIPTE o ISBIC ya ha sido analizada en fallos previos, confirmándose la aplicación del precedente "Elliff" de la CSJN para la determinación del haber inicial. Asimismo, indica que las costas de la alzada se imponen en el orden causado.
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