R, A Y OTROS c/ OMINT S.A. s/LEY DE DISCAPACIDAD
El actor promovió demanda por cobertura de acompañante terapéutico para su hijo con discapacidad. La Cámara Federal de Córdoba modificó la sentencia y encuadró la prestación en el Módulo de Apoyo a la Integración Escolar.
¿Quién es el actor?
J.M.R. y M.G.A. en representación de su hijo menor F.R.A.
¿A quién se demanda?
OMINT S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de acompañante terapéutico.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, encuadrando la prestación de acompañante terapéutico en el "Módulo de Apoyo a la Integración Escolar" del Nomenclador, a valores vigentes. Confirmó el resto de la resolución.
Fundamentos principales:
- El derecho a la salud, comprendido en el derecho a la vida, debe ser garantizado por la autoridad pública con acciones positivas.
- La Ley 24.901 instituye un sistema de prestaciones básicas a favor de personas con discapacidad, siendo obligatoria la cobertura por las obras sociales.
- El niño tiene certificado de discapacidad con orientación prestacional de "servicio de apoyo a la integración escolar", y el médico tratante prescribió la necesidad del acompañante terapéutico.
- La obra social no puede cuestionar la prescripción médica, debiendo cubrir la prestación, aunque encuadrándola en el "Módulo de Apoyo a la Integración Escolar" del Nomenclador.
- Las costas se imponen en el orden causado, dada la parcialidad del vencimiento.
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