Logo

L, C R c/ PREVENCION SALUD s/AFILIACIONES

El actor promovió acción de amparo para su reafiliación en la medicina prepaga. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia que ordenó la reafiliación del actor, pero autorizó a la demandada a cobrar una cuota diferencial por enfermedad preexistente.

Medicina prepaga Derecho a la salud Preexistencia Reafiliacion Cuota diferencial


¿Quién es el actor?

C.R.L.

¿A quién se demanda?

PREVENCION SALUD

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reafiliación a la medicina prepaga

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que ordenó la reafiliación del actor, pero se autoriza a la demandada a cobrarle una cuota diferencial por enfermedad preexistente (bloqueo de rama derecha congénita).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La normativa de medicina prepaga permite a la empresa rescindir el contrato por falsedad en la declaración jurada del afiliado sobre preexistencias, pero también le impone la obligación de afiliar al interesado con cuota diferencial autorizada por la Superintendencia de Servicios de Salud.
- El actor omitió declarar una preexistencia cardíaca conocida desde los 15-16 años, lo cual justifica la cuota diferencial, pero no la desafiliación, pues el derecho a la salud debe primar.
- Se confirma la sentencia de grado que ordenó la reafiliación, debiendo el actor abonar la cuota diferencial autorizada.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar