C, M A Y OTRO c/ SANCOR SALUD ASOCIACION MUTUAL s/LEY DE DISCAPACIDAD
Los padres del niño con Síndrome de Down promovieron acción de amparo contra la obra social por la cobertura integral de maestra de apoyo. La Cámara Federal revocó el fallo de primera instancia y rechazó la acción, considerando que la obra social había autorizado un módulo de maestra de apoyo de acuerdo a la normativa aplicable.
Cobertura integral de 80 horas mensuales de maestra de apoyo para su hijo con Síndrome de Down.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar parcialmente a la acción de amparo. Consideró que la obra social había autorizado un módulo de maestra de aporo conforme la normativa aplicable, por lo que rechazó la acción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El derecho a la salud está comprendido en el derecho a la vida y es de raigambre constitucional, debiendo ser garantizado por la autoridad pública.
- La Ley 24.901 instituyó un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, que las obras sociales deben cubrir con carácter obligatorio.
- La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con jerarquía constitucional, tiene por propósito promover, proteger y asegurar el goce pleno de derechos por las personas con discapacidad.
- La Resolución 428/1999 del Ministerio de Salud establece los módulos y valores de las prestaciones específicas, siendo aplicable al caso.
- No se acreditó que los valores y topes fijados en la normativa importen un menoscabo o desnaturalización del derecho del amparista.
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