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UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PATAGONIA AUSTRAL (UNPA) c/ A. S. Y OTROS s/CIVIL y COMERCIAL-VARIOS

La Universidad Nacional de la Patagonia Austral interpuso demanda de desalojo contra los ocupantes de una vivienda. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó que el desalojo se efectúe una vez que el Ministerio de Desarrollo Social provea una vivienda transitoria o asistencia económica para la familia, con especial consideración a los menores.

Interes superior del nino Desalojo Derecho de propiedad Vivienda digna Ministerio pupilar Ministerio de desarrollo social


¿Quién es el actor?

Universidad Nacional de la Patagonia Austral (UNPA)
- Demandados: Sandro Apaza, Cintia Beatriz Reyes Reyes y/o cualquier otro ocupante de la Casa Nro. 10 del Ex Barrio BIM de Río Gallegos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Desalojo de la vivienda

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal declaró desierto el recurso de apelación contra la orden de desalojo, pero revocó los puntos que ordenaban el desalojo compulsivo. Dispuso que el desalojo proceda una vez que el Ministerio de Desarrollo Social provea una vivienda transitoria o asistencia económica suficiente para garantizar el derecho a la vivienda digna de la familia, especialmente de los menores. Recomendó al Ministerio Pupilar que asista eficazmente a los demandados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El juzgado de primera instancia acreditó el derecho de la UNPA sobre el inmueble y la falta de título de los ocupantes. No obstante, la Cámara consideró prioritario proteger el interés superior de los menores que habitan la vivienda, por lo que condicionó el desalojo a que se garantice una solución habitacional transitoria.

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