BUSTINZURRIAGA, FRANCISCO c/ A.N.SE.S. s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO
El actor reclamó el reconocimiento de servicios como tareas penosas, riesgosas o insalubres. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó a ANSES que reconozca los servicios diferenciales.
Reconocimiento de servicios como tareas penosas, riesgosas o insalubres conforme Dto. 2136/74 y Resolución MTEySS Nº 897/15
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó a ANSES que reconozca los servicios diferenciales prestados por el actor para la empresa Sucesión de Herk Ernesto Eduardo/Servicios Petroleros Herk Ernesto Eduardo entre el 30/03/1992 al 30/11/1997 y del 01/01/1998 al 04/10/2017.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que los servicios prestados por el actor encuadran dentro de los contemplados como tareas diferenciales, y que las críticas de ANSES carecen de sustento fáctico y jurídico, siendo sus expresiones meramente genéricas e insuficientes.
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