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CIFUENTES CERDA, JAIME ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Jubilado demanda reajustes en su haber previsional. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Previsional modifica parcialmente la sentencia de primera instancia.

Jubilacion Movilidad Reajuste Confiscatoriedad Prestacion basica universal Topes

Reajuste del haber previsional inicial por aportes en relación de dependencia, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y movilidad del haber.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma el rechazo de la redeterminación del haber inicial por aportes, pero ordena el reajuste de la PBU conforme la fórmula original de la ley 24.241 si se acredita confiscatoriedad. Confirma la movilidad aplicada, pero modifica la sentencia al eliminar la actualización oficiosa del tope del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463. Principales fundamentos:
- La actualización de las remuneraciones computables para el cálculo del haber inicial se realizó conforme la ley 27.426, que no fue cuestionada.
- Respecto a la PBU, corresponde aplicar la fórmula del texto original de la ley 24.241 si se acredita que su monto fijo generó una merma confiscatoria.
- La movilidad jubilatoria está sujeta a la reglamentación legal, salvo que implique confiscatoriedad o regresividad.
- La declaración de inconstitucionalidad del tope del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 solo procede si su aplicación genera una disminución confiscatoria, pero no corresponde la actualización oficiosa de dicho tope.

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