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GARCIA, HAROLDO c/ ADMINISTRACION NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes de su beneficio previsional. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del decreto 807/16 y ordenó la redeterminación del haber inicial y su movilidad.

Inconstitucionalidad Movilidad Reajuste Confiscatoriedad Beneficio previsional Pbu Isbic Decreto 807 16 Topes maximos


¿Quién es el actor?

Haroldo García

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes de beneficio previsional

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que:
- Declaró la inconstitucionalidad del decreto 807/16 y ordenó actualizar las remuneraciones computables conforme doctrina "Elliff".
- Ordenó diferir a la etapa de ejecución el tratamiento del pedido de reajuste de la PBU.
- Declaró la inconstitucionalidad de arts. 9 inc. 3 de ley 24.463 y 26 de ley 24.241 en caso de que su aplicación resulte confiscatoria.
- Dispuso integrar el haber de diciembre 2020 con la diferencia por movilidad. Fundamentos principales:
- La CSJN estableció que es el Congreso quien debe fijar las pautas de actualización de las remuneraciones, por lo que el decreto 807/16 es inconstitucional.
- Respecto a la PBU, debe estarse a la fórmula original de la ley 24.241 hasta que se acredite confiscatoriedad.
- Los topes máximos serán inconstitucionales si su aplicación resulta confiscatoria.

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