H., C. A. c/ INSSJP-PAMI s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo contra el INSSJP-PAMI por cobertura de medicamento. La Cámara revocó por prematura la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al amparo y ordenó la realización de una pericia médica.
Cobertura de 3 ampollas de 40 mg de Eylia (aflibercept) indicado por su médico tratante para el tratamiento de maculopatía diabética en ambos ojos
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al amparo, por considerar que existían discrepancias entre los diagnósticos médicos que ameritaban la realización de una pericia médica ante el Cuerpo Médico Forense, a fin de determinar si el medicamento prescripto era el adecuado para el tratamiento del actor. La Cámara consideró prematuro el pronunciamiento de primera instancia ante la falta de certeza sobre el diagnóstico y la necesidad del medicamento.
Fundamentos principales:
- El derecho a la salud tiene jerarquía constitucional y es una obligación impostergable del Estado garantizarlo (arts. 43 y 75 inc. 22 CN; CADH).
- Ante la discrepancia entre los diagnósticos médicos, corresponde ordenar una pericia médica para dilucidar el cuadro clínico del actor y si el tratamiento prescripto resulta adecuado.
- Dado que no hay certeza sobre el diagnóstico, es prematuro el pronunciamiento de primera instancia, debiendo revertirse y ordenarse la producción de la prueba pericial.
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