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CIAPESSONI, NELIDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora cuestionó las pautas de movilidad aplicadas a su haber previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca ordenó a la ANSES que integre el diferencial no abonado entre los aumentos otorgados y los que hubieran correspondido de aplicarse la movilidad suspendida.

Ley 27 423 Inconstitucionalidad Reajuste Ley 27 541 Movilidad jubilatoria Art 32 ley 24 241 Decreto 542 2020


¿Quién es el actor?

Nélida Ciapessoni

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestionamiento de las pautas de movilidad aplicadas al haber previsional La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó parcialmente la sentencia de primera instancia:
- Consideró válida la suspensión de la movilidad prevista en el art. 32 de la Ley 24.241 dispuesta por la Ley 27.541 de Emergencia Pública.
- Sin embargo, ordenó a la ANSES que integre el diferencial no abonado entre los aumentos otorgados durante 2020 y el incremento del 42,13% que hubiera correspondido de aplicarse la movilidad suspendida.
- Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 respecto de casos en que su aplicación resulte confiscatoria.
- Declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y dispuso imponer las costas de la instancia a la demandada.

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