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M, T.J c/ OSMATA s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Nacional de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción de amparo presentada por el padre de una menor con discapacidad contra su obra social por la cobertura de un acompañante terapéutico.

Costas Obra social Discapacidad Cobertura Amparo Acompanante terapeutico

Cobertura integral (100%) de acompañante terapéutico en la jornada educativa durante todo el ciclo lectivo 2024.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al amparo, al considerar que no se configuraron los requisitos de procedencia de la acción de amparo, ya que la obra social autorizó finalmente la prestación solicitada antes del inicio de la demanda, por lo que no hubo arbitrariedad o ilegalidad manifiesta. Se impusieron las costas a la parte actora. Fundamentos principales:
- Se acreditó que el menor es afiliado a OSMATA y que requiere la prestación de acompañante terapéutico, según prescripción médica.
- Si bien OSMATA negó inicialmente la cobertura, luego la autorizó al 100% antes del inicio de la demanda, al cumplirse con los requisitos documentales solicitados.
- No se configuraron los requisitos de procedencia del amparo, pues no hubo arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en el accionar de OSMATA, al haber autorizado finalmente la prestación.
- Se revocó la sentencia de primera instancia y se impusieron las costas a la parte actora por resultar vencida.

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