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OYARSUN, ILDA INES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajuste del haber jubilatorio. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el recálculo del haber inicial conforme la doctrina de la CSJN.

Obra social Inconstitucionalidad Jubilacion Reajuste Movilidad jubilatoria Prestacion basica universal Aportes autonomos Haber inicial


¿Quién es el actor?

Ilda Inés Oyarsun

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando a ANSES recalcular el haber inicial conforme la doctrina de la CSJN en los casos "Volonté" y "Rodríguez" respecto a los aportes en carácter de autónomo, y aplicar el índice establecido en el precedente "Badaro" para actualizar la Prestación Básica Universal (PBU). Asimismo, declaró la inconstitucionalidad del descuento por obra social sobre los intereses de las acreencias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto a los aportes como autónomo, debe calcularse el haber inicial en base al promedio mensual de los montos actualizados de las categorías en que revistió el afiliado, considerando los últimos 15 años previos al cese.
- La actualización de la PBU debe realizarse conforme la fórmula prevista en el texto original de la ley 24.241, aplicando el índice establecido en "Badaro".
- No corresponde declarar la inconstitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.609 sobre movilidad jubilatoria, al no acreditarse su carácter confiscatorio.
- Se declara la inconstitucionalidad del descuento por obra social sobre los intereses de las acreencias.

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