F., M. E. c/ OSTRAC s/PRESTACIONES FARMACOLÓGICAS
La actora promovió acción de amparo para que la obra social cubra el tratamiento oncológico prescripto por su médica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal confirmó la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social que brinde la cobertura integral del esquema farmacológico indicado.
¿Quién es el actor?
M. E. F.
¿A quién se demanda?
OBRA SOCIAL DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES (OSTRAC)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura integral del tratamiento oncológico indicado por la médica de la actora.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo. El Juez de Cámara consideró que asiste derecho a la actora a recibir la cobertura total e integral de la medicación (IBRANCE, FEMARA y ZOLADEX) conforme a lo prescripto por su médica tratante. Fundamentó la decisión en la existencia de un régimen especial de cobertura al 100% para medicamentos oncológicos y en el marco normativo constitucional y convencional sobre el derecho a la salud.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El análisis del presente caso debe hacerse teniendo en mira el derecho a la vida y consiguiente derecho a la salud, fundamentales para todo ser humano, los que, como tales, hacen ceder -en principio
- cualquier interés particular y patrimonial que se les pudiere oponer." Citó diversos tratados internacionales de derechos humanos que consagran el derecho a la salud. Señaló que la prescripción médica cumplía con los requisitos legales y que la obra social no acreditó haber ofrecido una alternativa genérica. Concluyó que la negativa de la obra social carece de sustento jurídico.
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