L., M. G. c/ OBRA SOCIAL LUIS PASTEUR s/AMPARO LEY 16.986
La actora con enfermedad de Alzheimer y Parkinson demandó a la obra social por cobertura de cuidador domiciliario 24hs. La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo ordenando a la obra social brindar la cobertura requerida.
- Actora: Sra. M.G.L., afiliada a la obra social OSLPASTEUR, de 85 años, con diagnóstico de enfermedad de Alzheimer y Parkinson.
¿A quién se demanda?
Obra Social del Personal de Dirección de Sanidad Luis Pasteur (OSLPASTEUR)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de servicio de cuidador domiciliario 24hs, todos los días.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a la obra social brindar la cobertura requerida, con topes de: 1) Valor del cuidador según Comisión Nacional de Trabajo para Casas Particulares, y 2) Monto del Nomenclador del Sistema Único de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad "Hogar Permanente Categoría A" más 35% por dependencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La amparista padece enfermedad de Alzheimer y Parkinson en estado avanzado, requiriendo asistencia total y plena 24hs, lo cual acredita la necesidad de la prestación solicitada. La obra social demostró una actitud reticente en el cumplimiento de sus obligaciones, forzando el inicio del amparo. La cobertura solicitada se encuadra en las prestaciones asistenciales que la ley 24.901 obliga a las obras sociales a brindar a personas con discapacidad.
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