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El actor demandó a la empresa por despido y cobro de diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia incrementando la tasa de interés aplicable.

Tasa de interes Intereses moratorios Fraude a la ley Despido Salarios Contrato de trabajo eventual

Cobro de sumas adeudadas por despido y diferencias salariales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó los rubros acogidos favorablemente en primera instancia, pero modificó la tasa de interés aplicable sobre el monto de condena. Los fundamentos principales fueron:
- La Cámara consideró que la demandada no acreditó los presupuestos para considerar el contrato como de carácter eventual, por lo que se la condenó en los términos del art. 29 de la LCT.
- Respecto a la tasa de interés, la Cámara sostuvo que los intereses moratorios tienen una función resarcitoria equivalente a la de daños y perjuicios, por lo que deben calcularse desde que cada suma fue debida y hasta el momento del efectivo pago, aplicando la tasa nominal anual para préstamos personales libre destino del Banco Nación.

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