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Pacheco Varas Ricardo C/saportitti Sa S/desp

El actor demandó por despido directo e incausado y el cobro de sumas indemnizatorias. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, incrementando los montos adeudados al trabajador.

Tasa de interes Indemnizaciones laborales Despido incausado Multa ley 25 323 Deficiente registro del contrato

Cobro de indemnizaciones por despido directo e incausado y diferencias salariales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, incrementando los montos adeudados al trabajador, entre otros conceptos, por:
- Cálculo de la mejor remuneración normal y habitual.
- Aplicación de la multa del art. 2 Ley 25.323 sobre la totalidad de lo adeudado.
- Aplicación de la tasa de interés activa del Banco Nación. Los fundamentos principales fueron:
- La remuneración a considerar es la declarada por la propia empleadora en una DDJJ, por ser la "mejor remuneración normal y habitual".
- Correspondía aplicar la multa del art. 2 Ley 25.323 sobre la totalidad de lo adeudado, no sólo sobre las diferencias, al estar acreditado el deficiente registro del contrato.
- La tasa de interés debe ser la tasa activa del Banco Nación, conforme lo resuelto por la Cámara en acuerdos plenarios.

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