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IMPUTADO: G.C.J. s/INFRACCION LEY 24.144 DENUNCIANTE: BANCO CENTRAL REPUBLICA ARGENTINA

El actor promovió demanda por infracción a la Ley Penal Cambiaria. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico modificó la sentencia y redujo el monto de la multa impuesta.

Multa Presidente de sociedad Regimen penal cambiario Infracciones cambiarias Incumplimiento de operaciones de exportacion


¿Quién es el actor?

Banco Central de la República Argentina

¿A quién se demanda?

C.J.G.
- Objeto de la demanda: Imputar a C.J.G. la comisión de infracciones a la Ley Penal Cambiaria por la falta de ingreso y liquidación de divisas correspondientes a operaciones de exportación de SALTA POROTOS S.A.
- Decisión del tribunal: Se confirmó la condena a C.J.G. por infracción al art. 1 inc. e) de la Ley Penal Cambiaria, pero se modificó el monto de la multa de $6.667.067 a $60.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Ley Penal Cambiaria en la que se encuadró la imputación (art. 1 inc. e) no es inconstitucional por constituir una ley penal en blanco, ya que el Poder Ejecutivo actuó en el marco de sus facultades reglamentarias.
- La sentencia apelada se encuentra debidamente fundamentada y no se verifica una duración irrazonable del proceso.
- Está acreditada la participación culpable de C.J.G. en su carácter de presidente de SALTA POROTOS S.A., empresa que no ingresó las divisas por las exportaciones.
- Para la determinación de la multa se consideraron las pautas de los arts. 26, 40 y 41 del Código Penal, la gravedad de los hechos, la reiteración de las infracciones y la ausencia de antecedentes de C.J.G.

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