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IMPUTADO: A. C. S.A. Y OTRO s/INFRACCION LEY 24.144 DENUNCIANTE: BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó la sentencia que declaró extinguida por prescripción la acción penal respecto de la mayoría de las operaciones cambiarias investigadas, y extinguida la acción penal por violación del plazo razonable en relación a una operación.

Prescripcion Derechos constitucionales Plazo razonable Regimen cambiario Ley penal cambiaria Infraccion penal


¿Quién es el actor?

Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias
- Demandados: A.C. S.A. y H.L.S.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Supuestas infracciones a la Ley Penal Cambiaria (Ley 19.359) relacionadas con operaciones cambiarias.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que declaró extinguida por prescripción la acción penal respecto de la mayoría de las operaciones, y extinguida la acción penal por violación del plazo razonable en relación a una operación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto a la prescripción, se consideró que las diferentes infracciones imputadas constituían hechos independientes, por lo que rige el plazo de 6 años de prescripción del artículo 19 de la Ley Penal Cambiaria. En cuanto a la violación del plazo razonable, se tuvo en cuenta la prolongada demora y los largos períodos de inactividad en el procedimiento administrativo, lo que llevó a la extinción de la acción.

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