IMPUTADO: T. , O. C. s/INFRACCION LEY 24.144
El Poder Judicial confirma que las transacciones investigadas por el Banco Central no constituyen operaciones de cambio punibles bajo la Ley Penal Cambiaria.
¿Quién es el actor?
Agente fiscal
¿A quién se demanda?
O. C. T.
- Objeto de la demanda: Infracciones a la Ley Penal Cambiaria
- Decisión del tribunal: Se confirma la absolución de O. C. T. por considerar que las conductas imputadas no constituyen "operaciones de cambio" sancionables.
Los jueces de la Cámara Penal Económica consideraron que la jurisprudencia y doctrina entienden que el concepto de "operación de cambio" debe interpretarse de manera restringida, abarcando solo las transacciones que implican un canje de moneda nacional por extranjera o viceversa. Las operaciones cuestionadas, que consistían en intercambio de divisas por títulos valores, no encuadrarían en esa definición más acotada. Por lo tanto, las conductas atribuidas a la imputada no configurarían infracciones a la Ley Penal Cambiaria, por lo que corresponde confirmar su absolución.
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