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DENUNCIADO: S., H. I. s/INFRACCION LEY 24.144 DENUNCIANTE: BANCO CENTRAL REPUBLICA ARGENTINA

El actor promovió demanda por infracción a la ley de Régimen Penal Cambiario. La Cámara Penal Económica revocó la condena de primera instancia, aplicando el principio de ley penal más benigna.

Retroactividad Ley penal mas benigna Operaciones de cambio Regimen penal cambiario Declaraciones falsas


¿Quién es el actor?

H. I. S. (imputado)

¿A quién se demanda?

N/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Infracción al artículo 1° inc. c) de la Ley 19.359 (Régimen Penal Cambiario) por realizar declaraciones falsas en operaciones de cambio.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se revocó la resolución que había condenado al imputado a una multa, aplicando el principio de la retroactividad de la ley penal más benigna.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Comunicación A 6244 del BCRA, vigente desde el 1/7/2017, eliminó la exigencia del boleto de cambio y la declaración de conceptos, desincriminando los hechos. Por lo tanto, corresponde aplicar la ley penal más benigna.
- Las normas del artículo 1 inc. c) de la Ley 19.359 no constituyen un tipo penal en blanco, por lo que no procede la aplicación de la doctrina de los fallos "Cristalux" y "Docuprint".
- No se verificó una demora irrazonable en la duración del proceso que afecte la garantía de ser juzgado en plazo razonable.
- Se reduce la multa impuesta a $5.000 por considerarla excesiva.

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