IMPUTADO: T. A. S.A. Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.144 DENUNCIANTE: BANCO CENTRAL REPUBLICA ARGENTINA
La firma T.A. S.A. fue condenada por incumplimiento en el ingreso de divisas provenientes de operaciones de exportación. La Cámara Penal Económica revocó la sentencia por prescripción de la acción penal.
¿Quién es el actor?
Banco Central de la República Argentina
¿A quién se demanda?
T.A. S.A.; C.W.K.; G.J.F.; C.F.G.; C.A.G.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incumplimiento de ingreso de divisas de exportación
¿Qué se resolvió?
Se revoca la sentencia de primera instancia que había condenado a T.A. S.A. y a los demás imputados, por considerar que la acción penal se encuentra prescripta.
Los fundamentos principales son:
- La Cámara aplicó el principio de la ley penal más benigna, considerando los plazos más cortos de prescripción establecidos en normas posteriores a los hechos.
- Concluyó que el plazo de prescripción de 6 años establecido en la Ley 19.359 se encontraba vencido al momento en que se ordenó instruir el sumario.
- Señaló que en los ilícitos cambiarios las distintas infracciones son hechos independientes, por lo que deben analizarse por separado, tomando en cuenta la última de ellas.
- Resaltó que el proceso tuvo demoras injustificadas por parte de las autoridades, vulnerando el derecho del imputado a obtener un pronunciamiento definitivo en un plazo razonable.
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