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Imputados procesados por daño agravado en un vagón de tren; Cámara confirma procesamiento pero reduce monto de embargo
Imputación por daño agravado en vagón de tren
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el procesamiento de los imputados por el delito de daño agravado, pero redujo el monto del embargo impuesto sobre sus bienes. La Cámara sostuvo que la conducta de los imputados de pintar graffitis en el interior de un vagón de tren encuadra en el delito de daño agravado del art. 184 inc. 5 del Código Penal, ya que la alteración de la cosa, si bien pudo ser reparada mediante limpieza, igualmente constituye un daño a la propiedad. Rechazó el argumento de la defensa sobre la supuesta atipicidad por insignificancia, al considerar que el daño sí afectó el bien jurídico protegido. No obstante, la Cámara consideró excesivo el monto del embargo fijado en primera instancia, reduciéndolo a $1.100 en base a los criterios establecidos en el art. 518 del CPPN.
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