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IMPUTADO: P. C. A. DE C. Y . , SA Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.144 DENUNCIANTE: BANCO CENTRAL REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central investigó operaciones de cambio presuntamente irregulares de la casa de cambio P. C. A. de C. y T. S.A. La Cámara Penal Económica revocó la absolución de primera instancia y declaró extinguida la acción penal por el transcurso del tiempo.

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¿Quién es el actor?

Banco Central de la República Argentina

¿A quién se demanda?

P. C. A. de C. y T. S.A., C.A. R., J. S. R.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Supuestas irregularidades en operaciones de venta de cambio entre el 4/8/2003 y 6/10/2003

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia absolutoria de primera instancia y se declaró extinguida la acción penal por el transcurso del tiempo. Los fundamentos principales fueron:
- Existen lapsos prolongados de inactividad injustificada durante la instrucción del sumario, lo que viola el derecho a obtener un pronunciamiento en plazo razonable.
- Pese a que solo quedaron 4 operaciones cuestionadas de las 452 originales, el plazo total de casi 15 años desde los hechos resulta excesivo.
- Corresponde declarar extinguida la acción penal por el transcurso del tiempo.

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