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DENUNCIADO: R., P. D s/INFRACCION ART. 303 DENUNCIANTE: G. M. S.A.

La firma G. M. S.A. recurrió la desestimación de su denuncia por lavado de activos, pero la Cámara Penal Económica confirmó que no tiene legitimación como parte querellante en las actuaciones.

Apelacion Legitimacion Lavado de activos Querellante Particular ofendido


¿Quién es el actor?

G. M. S.A.

¿A quién se demanda?

P. D. R.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Denuncia por presunto delito de lavado de activos respecto de un pagaré de U$S 220.000 que R. habría iniciado para ejecutar judicialmente sin tener ese dinero declarado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Penal Económica confirmó la resolución que desestimó la denuncia de G. M. S.A. por no acreditar su condición de "particular ofendido" y consideró que carece de legitimación para constituirse como querellante.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal señaló que si bien el acceso a la jurisdicción por parte de la víctima es un derecho fundamental, en este caso G. M. S.A. no logró demostrar que haya sido particularmente afectada por el hecho denunciado, ya que el eventual perjuicio a sus intereses se encontraría siendo investigado en otra causa penal donde reviste la calidad de querellante. Por lo tanto, el rechazo de su pretensión de ser tenido como querellante en estas actuaciones se ajusta a derecho.

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