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PRESENTANTE: INTERNOS , SERVICIO PENITENCIARIO Y OTROS s/HABEAS CORPUS

Internos federales buscan acceso a telefonía celular en cárceles por restricciones de visitas. La Cámara Federal de Casación declara inadmisible el recurso de casación al considerar razonable la solución adoptada por el juez de primera instancia.

Emergencia sanitaria Telefonia celular Servicio penitenciario Condiciones de detencion Habeas corpus Derecho a comunicacion


¿Quién es el actor?

Internos federales Mariano López Ghiano, Juan José Benavidez, Alex Tejerina y Oscar Jorge Baginay

¿A quién se demanda?

Servicio Penitenciario de San Juan

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitan permiso para utilizar teléfonos celulares y suspender sanciones por posesión, ante las restricciones de visitas por la emergencia sanitaria.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de los internos. Consideró razonable la decisión del juez de primera instancia que habilitó el uso de 13 teléfonos celulares en el establecimiento penitenciario y ordenó la creación de un protocolo para regular su utilización, como medida transitoria ante la emergencia sanitaria. Los fundamentos principales fueron:
- El habeas corpus correctivo procede ante un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención, lo cual se verificaba en el caso por las restricciones de visitas.
- La solución adoptada por el juez fue prudente y adecuada a las circunstancias excepcionales, buscando fortalecer los vínculos de los internos con su entorno.
- Si bien la ley prohíbe el uso de celulares en prisiones, en este contexto de emergencia la medida resultaba razonable y no implicaba un agravamiento ilegítimo de la detención.

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