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PRESENTANTE: PABELLÓN N° 11, COLECTIVO Y OTROS s/HABEAS CORPUS

Los internos de la Unidad 6 del Servicio Penitenciario Federal promovieron una acción de hábeas corpus para solicitar el uso de teléfonos celulares. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el rechazo de la acción al considerar que el Servicio Penitenciario Federal ha implementado medidas alternativas adecuadas para mantener la comunicación de los internos con sus familiares.

Pandemia covid 19 Servicio penitenciario federal Habeas corpus Comunicacion con familiares Prohibicion de telefonos celulares


- Actores: Internos de la Unidad 6 del Servicio Penitenciario Federal

¿A quién se demanda?

Servicio Penitenciario Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitar el uso de teléfonos celulares por parte de los internos para mantener comunicación con sus familiares durante la suspensión de las visitas por la pandemia COVID-19

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la acción de hábeas corpus

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Existe una prohibición legal expresa del uso de teléfonos celulares en establecimientos carcelarios (art. 160 Ley 24.660)
- El Servicio Penitenciario Federal ha implementado medidas alternativas adecuadas para garantizar la comunicación de los internos con sus familiares, como la provisión de tarjetas telefónicas gratuitas, la implementación de un sistema de videollamadas y el mantenimiento de líneas telefónicas fijas
- No se acreditó un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención
- La decisión se encuentra fundada y no es arbitraria

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