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IMPUTADO: TRONCOSO, ENRIQUE NICOLÁS s/INFRACCION LEY 24.769 DENUNCIANTE: AFIP DGI

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal al considerar que la reforma de la ley penal tributaria es más benigna y por lo tanto debe aplicarse retroactivamente.

Impuesto a las ganancias Recurso de casacion Evasion tributaria Ley 27 430 Aplicacion retroactiva de la ley penal mas benigna


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

Enrique Nicolás Troncoso
- Objeto de la demanda: Evasión tributaria simple del impuesto a las ganancias, correspondiente al período fiscal 2008 por la suma de $ 469.369,29.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y se confirma el sobreseimiento de Enrique Nicolás Troncoso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara Federal de Casación Penal consideró que, de conformidad con la reforma introducida por la Ley 27.430 (BO 29/12/2017), la suma imputada como evasión no alcanza el monto contemplado en el delito, por lo que corresponde aplicar la ley penal más benigna de manera retroactiva, tal como lo estableció la Corte Suprema de Justicia en el fallo "Vidal, Matías Fernando Cristóbal y otros".

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