PEREIRA RECALDE LUIS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó el recurso de Reajustes Varios contra la ANSES, manteniendo la decisión de no incrementar la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PBU) por consideraciones de constitucionalidad y análisis de confiscatoriedad.
Quién demanda: La ANSES en el marco de un recurso de reajustes varios.
¿A quién se demanda?
La parte actora, en relación a la actualización de la PBU.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la decisión de la sentencia que confirmó la no actualización de la PBU, argumentando que la misma sería confiscatoria.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que la comparación del haber inicial, reajustado o no, es la adecuada para determinar la confiscatoriedad y que la falta de reajuste en algunos componentes no implica, en sí mismo, la confiscatoriedad del haber. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal recordó la jurisprudencia consolidada de la Corte Suprema en los antecedentes “Quiroga”, “Sandoval” y “Pichersky”, donde se estableció que "debe considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio". Además, se sostuvo que "la comparación a la que se refiere el Alto Tribunal en el precedente “Quiroga”, debe realizarse sobre el total del haber inicial que percibe el titular que, si fue reajustado será sobre esos valores, pues ese es el haber que percibe." La decisión también señala que la comparación del haber debe hacerse considerando la totalidad del haber inicial, reajustado o no, para evaluar la confiscatoriedad que habilitaría la recomposición del haber de la PBU. La resolución además establece que el análisis de la confiscatoriedad debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia, y que la falta de reajuste en componentes específicos no implica necesariamente una situación confiscatoria. Por todo ello, la Cámara decidió confirmar la sentencia apelada, con las consideraciones antes expresadas.
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