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PATIÑO RODRIGUEZ AURELIO Y OTROS c/ GENDARMERIA NACIONAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la declaración de inconstitucionalidad del decreto 679/97 y la condena al Estado Nacional al pago de las sumas descontadas en concepto de aportes previsionales, además de ratificar las disposiciones sobre intereses y costas.

Intereses Costas Inconstitucionalidad Gendarmeria nacional Control de constitucionalidad Proceso laboral Aportes previsionales Derechos previsionales Decreto 679/97 Recursos del estado.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Aurelio Patío Rodríguez y otros contra la Gendarmería Nacional y otros, reclamando la declaración de inconstitucionalidad del decreto 679/97 y el cese de los descuentos en sus haberes por aportes previsionales, además del reintegro de lo descontado con intereses. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad del decreto, ordenando el pago de las sumas descontadas. La Cámara confirma dicha declaración de inconstitucionalidad, basándose en que el decreto fue dictado sin seguir el procedimiento constitucional adecuado, ya que no se cumplió con los recaudos constitucionales y se dictó en una situación que no evidenció urgencia que justifique la vía excepcional. Asimismo, se revoca parcialmente la decisión respecto de la aplicación del régimen presupuestario y se confirma el resto de la sentencia, incluyendo la tasa de interés y las costas. Se establece que los intereses devengan desde que cada suma fue debida, aplicando la tasa pasiva mensual del Banco Central. La resolución también desestima el reclamo por la orden de pago en 90 días y regula los honorarios de la parte actora. Fundamentos principales: "En el caso no puede esperarse el trámite normal de sanción y promulgación de las leyes, dada la naturaleza previsional de la materia en cuestión y la necesidad concreta de dar satisfacción urgente al pago de los beneficios; ya que los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé." "Por ello, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97." "Las sumas adeudadas devengan intereses desde que cada una fue debida y hasta su efectivo pago, aplicándose la tasa pasiva mensual del Banco Central."

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