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CARABAJAL ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la aplicación del índice de salarios básicos de convenio para la actualización de remuneraciones en el cálculo del haber inicial, rechazando el recurso del organismo previsional y ratificando la sentencia de primera instancia.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Anses Beneficios previsionales Jurisprudencia csjn Actualizacion de remuneraciones Indice de salarios basicos Ley 26.417 Seguridad social.


- Quién demanda: Antonio Carabajal

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de parámetros para actualización de remuneraciones y beneficios previsionales, cuestionando la aplicación de ciertos índices y la inconstitucionalidad de normas específicas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado, ratificando la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción, conforme a precedentes de la Corte Suprema y la jurisprudencia de la Sala, y rechazando los agravios del organismo previsional. La decisión sostuvo que la jurisprudencia consolidada respalda la utilización del índice en cuestión, y que las alegaciones sobre inconstitucionalidad de normas no proceden, ya que no afectan la liquidación del beneficio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara remite a los precedentes “Elliff Alberto c/ ANSeS” (Fallos 332:1914), “Blanco, Lucio Orlando” y las sentencias de la Corte Suprema en “Fernández, Osvaldo” y “Fernández, Miguel Ángel” que ratifican la aplicación del índice de salarios básicos de convenio sin limitación temporal. Se destaca que la jurisprudencia mayoritaria respalda la utilización de dicho índice y que las normas cuestionadas, como la Resolución 56/2018 y el DNU 807/16, no resultan aplicables en el caso, pues la adquisición del beneficio fue anterior a las modificaciones normativas. Además, se confirma la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 en los supuestos en que la aplicación de topes genera una quita superior al 15%, y se rechazan los agravios relacionados con la Prestación Básica Universal y la aplicación de topes en el haber, en virtud de jurisprudencia consolidada. La sentencia también indica que, en la etapa de ejecución, si las actualizaciones realizadas por la ANSeS son mayores a las establecidas, deberán prevalecer estas últimas, y en caso contrario, las del organismo previsional.

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