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CONTRERAS, ESTELA DEL ROSARIO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma el dictamen de la Comisión Médica Central que determina que la incapacidad de la actora no alcanza los valores previstos en el art. 48 de la ley 24.241, rechazando el recurso de apelación por la conducta omisiva de la parte actora y resaltando que la falta de comparecencia impide la evaluación médica del caso. La sentencia admite la posibilidad de reapertura si el interesado aporta nuevos elementos conforme a la ley 20.606.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Estela del Rosario Contreras, interpuso recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central, que consideró que su incapacidad no alcanzaba los umbrales previstos en el art. 48 de la ley 24.241 para acceder a la jubilación por invalidez. La Cámara evaluó que la parte actora no compareció a la medida ordenada para estimar su grado de incapacidad y no justificó su inasistencia, lo que impide al tribunal valorar la opinión médica y cuestionar el dictamen. La sentencia concluye que, en virtud del art. 48 de la ley 24.241, corresponde confirmar el dictamen, sin perjuicio de la posibilidad de reabrir la causa si se presentan nuevos elementos según la ley 20.606. El tribunal dispuso que las costas sean por su orden, dada la naturaleza de la cuestión. La decisión se fundamenta en que la conducta omisiva de la actora obstaculiza la evaluación del grado de incapacidad y que la misma no aportó elementos que puedan modificar el dictamen.

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