DAVENIA VICENTE ROBERTO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó el reclamo del beneficiario respecto a la aplicación de las leyes de movilidad previsional, considerando que la normativa de emergencia es constitucional y que la ley 27.609 rige desde 2021, modificando la fórmula de movilidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Vicente Roberto Davenia, interpuso recurso de apelación contra una sentencia que confirmaba la denegatoria de un reajuste en su beneficio previsional. La Cámara analizó los planteos relacionados con la constitucionalidad de la ley 27.541, la aplicabilidad de la ley 27.609 y la vigencia de las fórmulas de movilidad. La Sala sostuvo que la ley 27.541 fue declarada constitucional por la CSJN y que la ley 27.609, que entró en vigor en enero de 2021, reemplazó la fórmula anterior, por lo que no corresponde aplicar los incrementos del período en que estuvo vigente otra normativa. La Cámara también desestimó que exista diferencia alguna a partir del fin de la emergencia, confirmando así la decisión de primera instancia. La alzada solo modificó la regulación de honorarios, estableciendo un 30% en favor de la parte actora, en línea con la jurisprudencia aplicable. La sentencia se fundamenta en la necesidad de respetar la validez constitucional de las leyes de emergencia y en la correcta interpretación de la normativa de movilidad previsional, concluyendo que no procede el reajuste reclamado.
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