MARTINEZ, JULIO CESAR c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central que estima una incapacidad del 37,18% a los fines previsionales en el reclamo de Julio Cesar Martinez por retiro por invalidez, rechazando las impugnaciones del actor y ratificando la valoración médica oficial basada en informes del Cuerpo Médico Forense.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Julio Cesar Martinez, demanda a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en reclamo de retiro por invalidez, cuestionando el dictamen de la Comisión Médica Central que estima su incapacidad en un 37,18%. La justicia revisó la valoración pericial, remitiendo las actuaciones al Cuerpo Médico Forense, cuyos informes ratificaron la incapacidad, y concluyó que los datos aportados por los expertos son sólidos y que las objeciones del actor son insuficientes para desvirtuar la valoración oficial. La jurisprudencia establece que “cuando los datos de los expertos no son compartidos por los litigantes, es a cargo de éstos la prueba de la inexactitud de lo informado”. Además, se resaltó que el informe del Cuerpo Médico Forense cumple con los requisitos del art. 472 del CPCCN y goza de plena eficacia probatoria. La Sala sostuvo que “el Cuerpo de médicos forenses integra el Poder Judicial de la Nación, y su informe no es sólo el de un perito, sino un asesoramiento técnico de auxiliares de la justicia cuya imparcialidad y corrección están garantizadas”. Como consecuencia, se confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central, rechazando las impugnaciones del actor y manteniendo la valoración de incapacidad para el retiro por invalidez.
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