MIÑO GUSTAVO ANTONIO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA EMGE s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda para que se le otorgue la pensión graciable, el subsidio extraordinario y la indemnización por incapacidad derivados de su participación en la Guerra de Malvinas. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia y le concedió la pensión graciable y el subsidio extraordinario, pero rechazó la indemnización.
¿Quién es el actor?
Gustavo Antonio Miño
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- E.M.G.E.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Otorgamiento de pensión graciable, subsidio extraordinario e indemnización por incapacidad por participación en Guerra de Malvinas
¿Qué se resolvió?
Se revocó la sentencia de grado, concediendo la pensión graciable y el subsidio extraordinario, pero rechazando la indemnización por incapacidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se ordenó la remisión de las actuaciones al Cuerpo Médico Forense, que determinó que la incapacidad del actor está vinculada a su participación en la Guerra de Malvinas.
- La ley 24.310 de pensión graciable es de naturaleza previsional, por lo que corresponde reconocer su pago desde los 5 años previos a la presentación del reclamo administrativo.
- Corresponde incorporar a la pensión graciable los aumentos establecidos por las doctrinas "Salas" y "Zanotti" de la CSJN.
- Respecto del subsidio extraordinario de la ley 22.674, corresponde liquidarlo con arreglo al haber de Teniente General vigente al momento de la liquidación, con intereses desde el 2/4/1982 hasta el efectivo pago.
- Se revocó la distribución de costas, imponiéndolas en un 80% a la demandada y 20% al actor.
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