RIOS FERNANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó reajuste de su jubilación. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y confirmó lo decidido en lo demás.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en lo relativo al método de actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial, aplicando la doctrina de la CSJN en "Elliff" y "Blanco". Confirmó lo demás, incluyendo el diferimiento en la aplicación de la Prestación Básica Universal y la metodología de cálculo de los aportes autónomos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Sobre actualización de remuneraciones: Deben aplicarse los índices previstos en la Resolución 140/95 de ANSES hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, a partir de la cual corresponde aplicar el mecanismo del art. 2 de dicha ley.
- Sobre aportes autónomos: Debe considerarse el promedio de las categorías efectivamente aportadas, sin limitación temporal, aplicando el criterio establecido por la CSJN en "Makler".
- Sobre Prestación Básica Universal: Corresponde mantener el diferimiento dispuesto en primera instancia.
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