CADILLA SOUSA PAULINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aplicando criterios jurisprudenciales sobre la actualización de los componentes del haber jubilatorio.
Reajustes de su prestación previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, modificando algunos aspectos relativos a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), las remuneraciones computadas y la movilidad del haber.
Fundamentos principales:
- Respecto a la PBU, se debe analizar la incidencia de la falta de aumentos sobre el total del haber inicial, y en caso de merma constatar si el nivel de quita resulta confiscatorio.
- Las remuneraciones anteriores a julio de 1994 deben computarse por la totalidad de los años aportados como autónomo, sin limitarse a los últimos 15 años.
- Para el período 1994-2001 no hubo variaciones significativas en los índices salariales. Desde 2002 hasta 2006 se aplicará el índice "Badaro". Desde 2007 se aplicarán los aumentos previstos en las leyes 26.198, 26.417 y 27.426.
- Respecto a la movilidad, se aplicarán las pautas de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609.
- Se rechazan los planteos de inconstitucionalidad del art. 9 y 25 de la ley 24.241 y de la Res. SSS 6/2009.
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