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ESPOSITO ANA LAURA c/ ANSES s/RENTA VITALICIA

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia que ordenó a ANSES recomponer el haber de renta vitalicia previsional de la actora con movilidad conforme la ley 26.417.

Actualizacion Movilidad Renta vitalicia previsional Anses Ley 26 425 Inconstitucionalidad de topes Ley 26 417

Recomposición de la renta vitalicia previsional con movilidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Estableció que las cuotas de renta vitalicia deben actualizarse conforme la ley 26.417 y resoluciones de ANSES, declarando la inconstitucionalidad del tope previsto en el art. 9 inc. 3) de la ley 24.463 en caso que su aplicación genere una quita superior al 15% en el haber. Fundamentos principales:
- El art. 4 de la ley 26.425 establece movilidad para retiros programados y fraccionarios, pero el art. 5 mantiene la renta vitalicia sin movilidad. Esto genera un trato desigual entre los beneficiarios, contrario a los principios de solidaridad y subsidiaridad.
- Conforme los precedentes "Badaro" y "Deprati", los beneficios de renta vitalicia deben actualizarse con los incrementos previstos para la movilidad de las prestaciones.
- La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de los topes previstos en el art. 9 inc. 3) de la ley 24.463 cuando implican una quita superior al 15% en el haber.

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