ARGUELLO LEON TRANSITO DEL LUJAN c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
Beneficiario reclama aplicación de pautas de movilidad por vía de amparo. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma que la vía de amparo no es procedente y se debe recurrir a la vía ordinaria.
¿Quién es el actor?
ARGUELLO LEON TRANSITO DEL LUJAN
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamar que se le otorguen los mismos incrementos salariales otorgados a los beneficiarios del Sistema Público de reparto, mediante vía de amparo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia que había desestimado la vía de amparo. Fundamenta que la vía de amparo no resulta procedente, debiendo acudir a la vía ordinaria, ya que no se ha acreditado la ineficacia de los procedimientos ordinarios y el agravio irreparable que justificaría la admisibilidad de la vía excepcional del amparo.
- "Enmarcar una solicitud de tal magnitud, dentro de este peculiar esquema, vulneraría – a mi juicio y salvo la existencia de prueba concluyente, lo cual no encuentro aquí acreditado
- elementales reglas del debido proceso adjetivo, que tienen jerarquía constitucional."
- "Cabe recordar que dichas reglas benefician no sólo al actor dentro del proceso judicial, sino también al demandado, y constituyen garantías que fluyen -para ambas partes contendientes (arg. art. 15, ley 24.463)
- del art. 18 de la Constitución Nacional."
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