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CUELLO MARCELA LETICIA Y OTRO c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La actora demandó a la ANSES por inconstitucionalidades relacionadas con la movilidad de su renta vitalicia previsional. La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada, ordenando el reajuste de la renta vitalicia conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema.

Seguridad social Movilidad Renta vitalicia previsional Ley 26 425 Badaro Deprati

Inconstitucionalidades relacionadas con la movilidad de renta vitalicia previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada, ordenando el reajuste de la renta vitalicia conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema en "Deprati" y "Badaro".

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha establecido que corresponde al Estado asegurar la adecuada movilidad de las prestaciones previsionales, en virtud del art. 14 bis de la Constitución Nacional.
- La jueza Adriana Claudia Cammarata disintió parcialmente, considerando que la movilidad conforme a "Badaro" solo corresponde a partir de la entrada en vigencia de la Ley 26.425, que garantizó la igualdad de tratamiento entre el régimen de capitalización y el régimen público.

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