GAUNA CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia al declarar la inconstitucionalidad de la aplicación retroactiva de la ley 27.426.
¿Quién es el actor?
Carlos Gauna
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad de la aplicación retroactiva de la ley 27.426, por afectar la movilidad de los haberes previsionales. Confirmó la metodología para actualizar los haberes según las leyes 26.417 y 27.609. Difirió el análisis de la aplicación de los arts. 9 de la ley 24.463 y 26 de la ley 24.241 para la etapa de ejecución de sentencia.
- Fundamentos relevantes:
"La intervención indebida que lleva a cabo el Poder Ejecutivo Nacional –a través de la ANSeS y de la Secretaría de la Seguridad Social
- al dictar y ratificar la Resolución nº 56/2018, sin tener la potestad constitucional para hacerlo, contradice el art. 14 bis de la Ley Fundamental que conjuga el ideal representativo con la realización de los derechos sociales" (considerando 20).
"Analizando los términos tanto de la ley 26.417 y su reglamentación (Res. S.S.N. nr. 06/09), como de la ley 27.426, se advierte que a la fecha de entrada en vigencia de esta última, ya habían transcurrido los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y parte de diciembre de 2017, cuyos índices debían ser considerados a los fines del cálculo de la fórmula prevista por la primera de las leyes citadas -ley 26.417
- para otorgar el incremento semestral a aplicar a los haberes previsionales devengados en el mes de marzo de 2018, por lo que fácilmente puede deducirse que la ley 27.426, al modificar tales índices y aplicarlos sobre meses y días ya transcurridos (julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y buena parte de diciembre de 2017), legisla retroactivamente en tanto que modifica índices correspondientes a períodos ya transcurridos."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: