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MATEO MIRTA BEATRIZ c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió demanda de amparo para obtener el pago del haber jubilatorio mínimo. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción.

Discriminacion Igualdad Amparo Garantia constitucional Haber minimo previsional Unificacion del sistema previsional

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora promovió una acción de amparo contra la ANSES reclamando que se le abone el haber mínimo jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 2, confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La caducidad de la acción de amparo no se configura cuando la conducta lesiva del organismo se prolonga en el tiempo o tiene aptitud de renovarse periódicamente.
- La ANSES es la legitimada pasiva por la unificación del sistema previsional en el SIPA.
- El derecho a obtener una jubilación digna que permita subsistir surge del art. 14 bis de la Constitución Nacional.
- El Estado debe garantizar el haber mínimo a todos los beneficiarios del régimen previsional público, sin distinción entre los que estaban en el sistema de capitalización y los del régimen de reparto, a fin de asegurar la igualdad y evitar una discriminación arbitraria.
- La aplicación de la Resolución 1433/2003 que limita el haber mínimo a los casos con componente público es arbitraria e inconstitucional.

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