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MALLO JOSE ANTONIO c/ ANSES s/PENSIONES

El actor promovió demanda para el cobro íntegro de su beneficio de pensión derivada, sin la aplicación de topes. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que declaró inconstitucional la aplicación de los topes legales a la acumulación de beneficios.

Inconstitucionalidad Derecho previsional Caracter alimentario Topes previsionales Pension derivada Acumulacion de beneficios

cobro íntegro del beneficio de pensión derivada sin aplicación de topes

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que declaró inconstitucional la aplicación de los topes del art. 79 de la ley 18.037 y art. 9 de la ley 24.463 a la acumulación de beneficios. Los fundamentos principales son:
- Los topes legales aplicados por el organismo previsional afectan gravemente el derecho previsional, privando al actor de la percepción íntegra de ambas prestaciones a las que tiene derecho.
- El art. 9 de la ley 24.463 establece un tope máximo para cada beneficio considerado individualmente, pero no puede aplicarse a la sumatoria de dos prestaciones distintas.
- La reglamentación de los derechos previsionales no puede derivar en una alteración de su sustancia, bajo pena de quebrar el principio de razonabilidad.
- Conforme la jurisprudencia de la CSJN, en materia previsional los jueces deben actuar con suma cautela cuando deciden cuestiones que conducen a la denegación de prestaciones de carácter alimentario.

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