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OLIVA, EDUARDO NICOLAS c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor impugnó el rechazo del beneficio de jubilación por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la decisión y otorgó el beneficio al considerar acreditada la incapacidad laboral.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Sr. Oliva, Eduardo Nicolás, solicitó el beneficio de jubilación por invalidez al ANSES, el cual le fue denegado por la Comisión Médica Central al considerar que su grado de incapacidad era inferior al 51,43% exigido por la ley. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó esta decisión luego de que el Cuerpo Médico Forense informara que el Sr. Oliva presenta una incapacidad laboral del 76% debido a una parálisis facial y una plexopatía motora sensitiva lumbrosacra. La Cámara consideró que estos dictámenes médicos reúnen los recaudos necesarios de una correcta peritación, determinan con certeza el estado de salud del recurrente y fundamentan la opinión técnica de manera seria y objetiva. Por lo tanto, se encontraron acreditados los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241 para otorgar la jubilación por invalidez solicitada.

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