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ZALAZAR MIRTA ALICIA c/ ANSES s/PENSIONES

La actora promovió demanda de pensión por fallecimiento de su cónyuge. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenó al organismo previsional otorgar el beneficio.

Seguridad social Verdad juridica objetiva Requisitos legales Pension Principio de justicia Aportante irregular

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Mirta Alicia Zalazar demandó a ANSES solicitando el otorgamiento de la pensión por fallecimiento de su cónyuge, Juan Alcaraz. En primera instancia, se hizo lugar a la demanda, y ANSES apeló la sentencia. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada. Sostuvo que si bien el causante no reunía las condiciones mínimas de regularidad requeridas para acceder al beneficio, al no cumplir con los requisitos del art. 95 de la ley 24.241, la jurisprudencia ha debido establecer soluciones que conjuguen la verdad jurídica objetiva con el principio de justicia. Citó precedentes de la Corte Suprema que indican que la regularidad de los aportes debe ser valorada sobre la totalidad de los lapsos trabajados y no sólo sobre un período que no pudo ser completado por la muerte del afiliado. Concluyó que los 17 años y 9 meses de servicios con aportes reconocidos por ANSES son suficientes para considerar al causante como un aportante irregular con derecho, de acuerdo al 50% de los aportes requeridos por el decreto 460/99. Por lo tanto, confirmó la sentencia que ordenó a ANSES otorgar el beneficio de pensión.

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