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GUFFANTI NELIDA NOEMI c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La actora recurrió la sentencia de primera instancia que rechazó su planteo de inconstitucionalidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada al considerar que las leyes de movilidad jubilatoria no son inconstitucionales.

Inconstitucionalidad Seguridad social Ley de emergencia Ley 27 541 Movilidad jubilatoria Ley 27 609 Ley 27 426


¿Quién es el actor?

Nelida Noemi Guffanti

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Planteo de inconstitucionalidad de las leyes de movilidad jubilatoria (Ley 27.426, Ley 27.541, Ley 27.609)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el planteo de inconstitucionalidad. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró plenamente aplicables al caso las leyes de movilidad, y que cualquier impugnación a dichas normas resulta hipotética y prematura, al no estar demostrado que no respeten la garantía constitucional de movilidad.
- Respecto a la Ley 27.541 de emergencia, la Cámara se remitió a un precedente donde se consideró que se encuentran reunidos los extremos que legitiman dicha normativa de emergencia.
- Señaló que no corresponde prescindir de la aplicación de la ley de emergencia para considerar los incrementos que se hubieran producido conforme a la ley suspendida, pues ello contradiría la convalidación de la constitucionalidad de la norma de emergencia.
- Indicó que la Ley 27.609, vigente desde el 5/1/2021, sustituyó la movilidad prevista en el art. 1 de la Ley 27.426, por lo que esta última no puede aplicarse a partir de la entrada en vigor de la Ley 27.609.

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