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MARTIN RAUL JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor cuestionó la constitucionalidad de la Ley 27.426 y reclamó diferencias por la aplicación de la movilidad suspendida por la Ley 27.541. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, considerando válidas las normas que suspendieron temporalmente la movilidad previsional.

Seguridad social Decreto de necesidad y urgencia Ley 27 541 Reajuste de haberes Ley 27 426 Movilidad previsional

Reajustes en el haber previsional del actor

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó los planteos del actor. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró válida la suspensión de la movilidad previsional dispuesta por el art. 55 de la Ley 27.541 y los decretos reglamentarios, en el marco de la emergencia económica declarada.
- Respecto al art. 2 de la Ley 27.426, la Cámara confirma su inconstitucionalidad conforme a la doctrina sostenida en otros precedentes.
- Sobre la recomposición de haberes luego de la suspensión, la Cámara considera que corresponde reconocer las diferencias por los meses de enero y febrero de 2021, determinando así el haber de marzo de 2021 como base para la aplicación de la nueva ley 27.609.

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