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PRESTIGIACOMO MARIA ANTONIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora cuestionó el rechazo de su demanda por reajustes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el reajuste del haber con la diferencia de la movilidad suspendida.

Inconstitucionalidad Emergencia economica Principio de progresividad Movilidad previsional


- Actora: María Antonia Prestigiacomo

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró inconstitucional el art. 2 de la Ley 27.426 y ordenó reajustar el haber de la actora con la diferencia de la movilidad suspendida por los decretos durante la emergencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que el dictado del art. 55 de la Ley 27.541 y los decretos de movilidad durante la emergencia fueron constitucionales, al responder a una situación excepcional.
- Sin embargo, una vez finalizada la emergencia, corresponde abonar la diferencia entre lo percibido por los decretos y lo que hubiera correspondido por la movilidad suspendida, a fin de evitar la regresividad del derecho.
- Declaró inconstitucional el art. 2 de la Ley 27.426 por los fundamentos expuestos en fallos previos.

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