BRONDO ROBERTO EZEQUIEL Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Actores reclaman incorporación de aumentos del Decreto 380/17 a su haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda.
Incorporación al haber de retiro de los aumentos otorgados por el Decreto 380/17 y sus modificatorios
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema en "Di Nanno" concluyó que los suplementos creados por el Decreto 380/17 tienen carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben reflejarse en los haberes del personal policial en pasividad.
- Respecto al plazo de 90 días para practicar la liquidación, este Tribunal reiteradamente dispuso que es necesario un plazo razonable para la previsión presupuestaria.
- Las costas se confirman en virtud del precedente "Accogli" de la Corte Suprema y el art. 68 CPCCN.
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