BASCOLO JUSTO JOSE Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamo por incrementos salariales de personal militar en pasividad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y confirma la procedencia de los suplementos, con modificaciones.
¿Quién es el actor?
BASCOLO JUSTO JOSE Y OTROS
¿A quién se demanda?
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo del derecho a percibir los suplementos instituidos por el decreto 1307/12 y sus modificatorios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la procedencia de los suplementos creados por el decreto 1307/12 y sus modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable, para el personal militar en pasividad. Modificó el plazo de 90 días para el pago, el cual queda comprendido en las normas presupuestarias vigentes. Confirmó la reliquidación del haber desde los dos años anteriores a la interposición de la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La demandada se agravia de la sentencia de grado por cuanto: en primer lugar, sostiene que los suplementos creados por el decreto 1307/12 tienen un alcance limitado y son percibidos solamente por aquellos cuya situación se adecua a las circunstancias fácticas establecidas en la norma; es decir, se trata de suplementos de naturaleza particular y por ello, no correspondería hacerlos extensivos a la generalidad del personal de la fuerza ni a los retirados y pensionados. En segundo lugar, se agravia del rechazo de la prescripción anual opuesta respecto de cualquier suma devengada fuera del año del reclamo de autos. En tercer lugar, se agravia atento que la a quo en su fallo no precisa que deberá seguirse el procedimiento establecido en la ley complementaria de presupuesto."
La Cámara confirmó la procedencia de los suplementos para el personal militar en pasividad, citando el precedente "Camejo, Ricardo Esteban y otros c/ EN – M Seguridad
- PNA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg" del 17/06/21, donde se concluyó que los suplementos creados por el decreto 1307/12 revisten carácter remunerativo y bonificable.
En cuanto al plazo de 90 días para el pago, la Cámara lo revocó, indicando que dicha obligación queda comprendida en las normas presupuestarias vigentes.
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